Regulaciones
y restricciones de construcción para
Musica del
Mar Estates
Disposiciones
Generales:
Estas regularizaiones
son con el propósito de conservar los conceptos y características
con que fueron diseñados para los dueñados y residentes
del Franccionamiento Música del Mar.
-
Los lotes
62/12 tal 62/18, tendrán una restricción de construcción
a un solo nivel, con una altura máxima de 4.8 mts. con derecho
a una Palapa en el patio o en el techo con una altura máxima
de 6.4 mts.
- Los lotes 62/1 al 62/11,
tendrán una restricción de construcción a un máximo
de dos niveles de 4.8 mts. cada uno mas una Palapa sobre el techo.
- Limites:
A - Se debe de dejar una área libre de 2.00 mts. tanto del frente
como de la parte de atrás de la construcción a la barda
perimetral de su lote.
B - Un mínimo de 1.50 mts. se debe de dejar libre de la construcción
a los lados de la barda perimetral.
C - La altura de las bardas esta restringida a una altura máxima
de 2.00 mts.
D - Se entiende que cualquier adición que se le haga a la casa
tales como sombras, terrazas, balcones, etc.. debe estar de acuerdo
a los limites de la disposición 3.
- No se permiten negocios
comerciales o alguna clase de anuncios o señalamientos o propaganda.
- Solo se permiten casas unifamiliares
con una construcción mínima del techo de 150 mts. cuadrados.
- Todas las construcciones
deben de estar de acuerdo a los lineamientos de construcción
del municipio.
- Todas las estructuras deben
de ser construidas contra temblores.
- Todas las fosas sépticas
y deben de estar consruidas bajo tierra de acuerdo a los lineamientos
de construcción del municipio y localizadas a suficiente distancia
del pozo de agua principal para proteger la pureza del agua.
- Todas las casas deben de
tener una cisterna con capacidad mínima de 2500 lts. Con un hidroneumático.
No se permiten tinacos en la azotea.
- 15 kilowatts se le dará
a cada propiedad. Si necesita mas carga eléctricia deberá
de contratarla directamente con la C.F. E. Todas las instalaciones adicionales
serán subterráneas.
- La construcción de
la casa deberá empezarse antes de los cinco (5) años de
la compra del terreno, y deberá terminarse en un plazo de 18
meses. Esto incluye todos los terminados y pintura tanto de la construcción
como de la barda por ambos lados.
- La cuota mínima de
mantenimiento será de U.S. $50.00 por mes, pagadero en o antes
del día 1 de cada mes. Esta cuota será revisada en cuanto
se forme la asociación de propietarios.
- Un dueño que tiene
el uso limitado de la propiedad común, Ej. La playa.
- Debe de mantenerla limpia después de que salgan sus invitados
y mascotas,
- No puede causar molestias o desperfectos a otra persona o propiedad,
- No puede causar ruido que moleste a las demás personas,
- No debe interferir con los derechos de los demás para el disfrute
de la propiedad común o áreas públicas.
- El dueño debe de
reparar y mantener su lote, barda y construcciones.
- Un dueño, invitado
o la persona que habite la casa, puede tener mascotas. Las mascotas
no deben de estar en las áreas comunes a menos que las lleven
con su correa y acompañadas de su dueño.
- Un dueño o la persona
que habite la casa no debe de tener o acumular ninguna clase de desperdicio,
pedazos de metal, partes de vehiculos, etc.. dentro de su propiedad
o en las áreas comunes.
- Un dueño, invitado
o la persona que habite la casa debe de estacionar sus vehículos,
trailers, vehículos recreativos, barcos, etc.. dentro de su propiedad.
- Un dueño debe de
hacerse cargo del pago al municipio de todos los impuestos, licencias
y cargos que este haga por los diferentes servicios que presta.
- No se pueden cambiar las
vias de acceso, luces, señalamientos servicios comunes, áreas
publicas de cómo están en el plan maestro de Música
de Mar Estates.
- Todos los nombres asignados
al proyecto, calles, andadores, vías de acceso se regirán
por el plan maestro.
- Ninguna construcción
de casa deberá de construirse a menos de 2.00 mts. de los servicios
subterráneos como: agua, elecricidad, vías telefónicas,
conductos de plomería, etc....
- Si algún servicio
a alguna residencia esta instalado incorrectamente o esta defectuoso
de tal manera que cause a las propiedades adyacentes o a las propiedades
comunes, todos los servicios a esa residencia serán suspendidos
y no serán renovados hasta que se le hagan las reparaciones correspondientes
totalmente.
- La arquitectura de las casas
deberá de ser : Tradicional Mexicana, Colonial, o Contemporánea,
siguiendo la arquitectura y colores del área y techos cubiertos
con teja.
- Todos los planos de las
casas deben de estar aprobados por Barra Desarrollos Esenciales, S.A.
de C.V.
- No se permite el paso a
la propiedad a comiones de doble eje trasero, ni de mas de 15 toneladas.
- Para mantener y proteger
la calidad de la construcción de "Musicia del Mar Estates"
Lujo Grupo Constructor Lujo S. A. de C.V. Será considerada la
contratista principal, la cual se encargará totalmente; si se
utilizan contratistas alternativas entoces se pagará una cuota
de supervisión a Lujo, lo cual se determinará según
la construcción de la casa y tiempo considerado.
El Comprador
El Propietario o representante
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